JusticiaOpo
⭐ Premium

Artículo 168 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal

Libro I. De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles › Título V. De las actuaciones judiciales › Capítulo V. De los actos de comunicación judicial · Texto consolidado del BOE, actualizado a 05/10/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2000-323)

Artículo 168. Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal.

1. El Letrado de la Administración de Justicia o el funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que, en el desempeño de las funciones que por este capítulo se le asignan, diere lugar, por malicia o negligencia, a retrasos o dilaciones indebidas, será corregido disciplinariamente por la autoridad de quien dependa e incurrirá además en responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionara.

2. El procurador que incurriere en dolo, negligencia o morosidad en los actos de comunicación cuya práctica haya asumido o no respetare alguna de las formalidades legales establecidas, causando perjuicio a tercero, será responsable de los daños y perjuicios ocasionados y podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en las normas legales o estatutarias.

Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. #daprimera

Se modifica por el art. 15.93 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 05/10/2026. Las 2 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.

Qué preguntan de este artículo

En los tests de JusticiaOpo hay 2 preguntas sobre este artículo (1 de temas gratis).

✍️ Practicar este artículo (2 preguntas)

Una pregunta de ejemplo

De los temas gratis, con su respuesta y la explicación:

  1. Según el art. 168.1 LEC, el funcionario que por malicia o negligencia dé lugar a retrasos en los actos de comunicación:

    1. Será multado con 30 euros por cada día de retraso que cause en el acto
    2. Será cesado automáticamente
    3. Será corregido disciplinariamente y responderá de los daños
    4. No incurre en responsabilidad
    Ver la respuesta

    c) Será corregido disciplinariamente y responderá de los daños. Art. 168.1 LEC.

Las de los temas Premium se practican en la app con Premium; aquí solo contamos cuántas son.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley de Enjuiciamiento Civil · Libro I completo · Libro I, título V completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). JusticiaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.