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Artículo 175 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Libro primero › Título VII. De las notificaciones, citaciones y emplazamientos · Texto consolidado del BOE, actualizado a 09/04/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-1882-6036)

Artículo 175.

Las citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma establecida para las notificaciones, con las siguientes diferencias:

La cédula de citación contendrá:

1. Expresión del Juez, Tribunal o Secretario judicial que hubiere dictado la resolución, de la fecha de ésta y de la causa en que haya recaído.

2. Los nombres y apellidos de los que debieren ser citados y las señas de sus habitaciones; y si éstas fuesen ignoradas, cualesquiera otras circunstancias por las que pueda descubrirse el lugar en que se hallaren.

3. El objeto de la citación, y calidad en la que se es citado.

4. El lugar, día y hora en que haya de concurrir el citado.

5. La obligación, si la hubiere, de concurrir al primer llamamiento, bajo la multa de 200 a 5.000 euros o si fuese ya el segundo el que se hiciere, la de concurrir bajo apercibimiento de ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

La cédula del emplazamiento contendrá los requisitos 1), 2) y 3) anteriormente mencionados para la de la citación y, además, los siguientes:

1. El término dentro del cual ha de comparecer el emplazado.

2. El lugar en que haya de comparecer y el Juez o Tribunal ante quien deba hacerlo.

3. La prevención de que, si no compareciere, le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.

Se modifica por el art. 2.17 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. .

Se modifica el ordinal 5.º del párrafo segundo por el art. 4.1 de la Ley 38/2002, de 24 de octubre. .

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 09/04/2026. Las 2 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.

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  1. Según el art. 175 LECrim, la cédula de citación debe recoger la obligación de concurrir al primer llamamiento bajo multa de:

    1. 200 a 5.000 euros
    2. 30 a 600 euros
    3. 100 a 1.000 euros
    4. 500 a 10.000 euros
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    a) 200 a 5.000 euros. Art. 175.5 LECrim; al segundo llamamiento, bajo apercibimiento de ser perseguido por obstrucción a la justicia (art. 463.1 CP).

  2. Según el art. 175 LECrim, la cédula de emplazamiento penal debe contener, además de los requisitos comunes:

    1. La firma de dos testigos mayores de edad que acrediten la entrega de la cédula
    2. El término, el lugar y el órgano ante el que comparecer, y la prevención de perjuicios
    3. El importe de la fianza
    4. La relación de pruebas propuestas
    Ver la respuesta

    b) El término, el lugar y el órgano ante el que comparecer, y la prevención de perjuicios. Art. 175 LECrim.

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