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Artículo 4 de la Constitución Española

Título preliminar · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/05/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-1978-31229)

Artículo 4

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/05/2026.

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