Libro IV. DE LOS JUECES Y MAGISTRADOS › Título I. De la Carrera Judicial y de la provisión de destinos › Capítulo II. Del ingreso y ascenso en la Carrera Judicial · Texto consolidado del BOE, actualizado a 28/09/2026
Artículo 309.
1. Los que no superen el curso podrán repetirlo en el siguiente, al que se incorporarán con la nueva promoción.
2. Si tampoco superaren este curso, quedarán definitivamente excluidos y decaídos en la expectativa de ingreso en la Carrera Judicial derivada de las pruebas de acceso que hubiesen aprobado.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 28/09/2026.
Las de los temas Premium se practican en la app con Premium; aquí solo contamos cuántas son.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). JusticiaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.