Título I. Régimen general de la cooperación jurídica internacional › Capítulo I. Disposiciones generales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Artículo 5. Ámbito de aplicación.
El presente título se aplica a los actos de cooperación jurídica internacional, en particular a los actos de comunicación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales, tales como notificaciones, citaciones y requerimientos, así como a las comisiones rogatorias que tengan por objeto los actos relativos a la obtención y práctica de pruebas.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.
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